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  • La Carga de un Pedido Infundado de Levantamiento del Velo Corporativo: Responsabilidad Procesal del Solicitante en la Jurisprudencia Contemporánea

    El presente artículo tiene como objetivo analizar las consecuencias jurídicas derivadas del uso indebido del incidente de levantamiento del velo corporativo en el ordenamiento jurídico brasileño, destacando el creciente entendimiento jurisprudencial que impone al solicitante la carga por la formulación temeraria de dicha solicitud. La discusión abarca los fundamentos legales del levantamiento de la personalidad jurídica (artículo 50 del Código Civil y artículos 133 a 137 del Código de Proceso Civil de 2015), abordando el deber de cautela procesal, el principio de la buena fe objetiva y las consecuencias de una solicitud infundada, incluida la condena al pago de honorarios de abogado y la imposición de sanciones por litigio de mala fe. Asimismo, el artículo discute el equilibrio entre la protección del crédito y la imputación indebida de responsabilidad a los socios. El levantamiento del velo corporativo constituye una medida excepcional que busca eliminar la separación jurídica entre una persona jurídica y sus socios, permitiendo que estos respondan con su patrimonio cuando se configure un abuso de la personalidad jurídica. Aunque el instituto está consolidado en el sistema legal brasileño, se observa una creciente banalización de su uso, especialmente en ejecuciones y acciones de cobro, como medio para alcanzar automáticamente los bienes de los socios, sin observar los presupuestos legales requeridos. En este contexto, la jurisprudencia contemporánea ha reafirmado la necesidad de respetar el debido proceso legal, incluyendo el derecho de defensa y la exigencia de pruebas concretas del uso abusivo de la persona jurídica o de la confusión patrimonial. De manera especial, resalta el deber de cautela del solicitante, bajo pena de responsabilización por la improcedencia de la petición, incluso con la obligación de pagar honorarios. 2. Fundamento Legal y Naturaleza Jurídica del Incidente La previsión normativa del levantamiento del velo corporativo se encuentra en el artículo 50 del Código Civil, que dispone que la desestimación de la personalidad jurídica solo será admitida en casos de abuso, caracterizados por: Desviación de la finalidad; o Confusión patrimonial. Con la entrada en vigor del Código de Proceso Civil de 2015, el incidente adquirió una estructura procesal específica en los artículos 133 a 137, exigiendo: La instauración formal del incidente; La notificación de la parte afectada; Plena garantía del contradictorio y de la amplia defensa; Una decisión judicial debidamente fundamentada para su concesión. Por lo tanto, la medida requiere cautela procesal, respaldo probatorio y respeto al debido proceso, bajo pena de nulidad y responsabilización por solicitudes injustificadas. 3. Responsabilidad Procesal del Solicitante: Honorarios y Litigio de Mala Fe La jurisprudencia reciente ha establecido que la parte que presenta un pedido infundado de levantamiento del velo corporativo puede ser responsabilizada procesalmente, con base en los siguientes fundamentos legales: Artículo 85, §2º del CPC – condena en honorarios a la parte vencida; Artículos 79 y 80 del CPC – sanciones por litigio de mala fe; Principio de la buena fe procesal objetiva – deber de lealtad y diligencia. Ejemplos jurisprudenciales: “La improcedencia del pedido de levantamiento del velo corporativo, por falta de prueba de los requisitos legales, impone al solicitante el pago de honorarios sucumbenciales, como medio para cohibir el uso temerario del incidente.” (TJSP, Ap. Cív. Nº 1002377-98.2023.8.26.0011, juzgado el 12/02/2024)   “Comprobado el abuso del derecho de acción, con solicitudes reiteradas y manifiestamente infundadas de levantamiento del velo corporativo, es aplicable la condena por litigio de mala fe.” (TJMG, Ap. Cív. Nº 1.0000.21.016184-4/001, juzgado el 29/11/2023)   Este entendimiento refuerza la noción de que la responsabilidad por una solicitud temeraria no es solo moral, sino también jurídica y patrimonial. 4. Equilibrio entre la Protección del Crédito y la Salvaguarda del Patrimonio del Socio La aplicación del instituto de levantamiento del velo no debe comprometer la seguridad jurídica de los socios que actúan de buena fe. El mero incumplimiento de la persona jurídica no justifica la solicitud. Es necesario demostrar comportamiento abusivo, dolo o simulación. El Superior Tribunal de Justicia (STJ) brasileño ya ha decidido en este sentido: “El incumplimiento de la sociedad empresarial, por sí solo, no es suficiente para justificar el levantamiento del velo corporativo.” (STJ, REsp 1.775.091/SP, Rel. Min. Paulo de Tarso Sanseverino, juzgado el 06/05/2021) Así, el sistema jurídico busca garantizar la efectividad de la protección del crédito sin comprometer indiscriminadamente el principio de autonomía patrimonial. 5. Consideraciones Finales El uso indiscriminado del incidente de levantamiento del velo corporativo compromete la racionalidad del sistema procesal y pone en riesgo los pilares de la autonomía patrimonial. La responsabilización del solicitante por la solicitud infundada representa no solo una evolución jurisprudencial, sino también un freno necesario a la instrumentalización abusiva del Poder Judicial. Abogados y partes deben, por lo tanto, asegurarse de que cualquier solicitud de levantamiento del velo esté basada en fundamentos fácticos y documentales sólidos, bajo pena de soportar los efectos de la sucumbencia y del litigio de mala fe.

  • La Nueva Regulación de la Expropiación y sus Efectos en los Derechos de Propiedad

    La expropiación es uno de los mecanismos más significativos del Derecho Administrativo, permitiendo al Estado adquirir forzosamente bienes privados para servir al interés público. Con las recientes modificaciones al Código Civil y al Código de Procedimiento Civil, ha habido una revisión significativa de los procedimientos y criterios de indemnización, buscando un mejor equilibrio entre la supremacía del interés público y la protección del derecho de propiedad. Este artículo analiza estos cambios y sus impactos legales y sociales. La expropiación, prevista en la Constitución Federal y regulada por legislación infraconstitucional, es una herramienta esencial para viabilizar proyectos de infraestructura, urbanización y desarrollo económico. Sin embargo, su uso indiscriminado puede generar abusos y afectar derechos fundamentales, haciendo necesaria una regulación más estricta. Los recientes cambios legislativos buscan proporcionar mayor seguridad jurídica a los propietarios y optimizar la ejecución de políticas públicas. 1. Evolución Histórica de la Expropiación en Brasil Históricamente, la expropiación ha sido una herramienta utilizada por el Estado con pocas restricciones, lo que a menudo llevó a acciones arbitrarias. La evolución legislativa ha buscado fortalecer los derechos de los propietarios, asegurando una indemnización justa y previa, como lo exige la Constitución. Los nuevos cambios normativos refuerzan la transparencia del proceso, garantizando una mayor previsibilidad para los involucrados. 2. Cambios en el Código Civil y el CPC Los principales cambios legislativos incluyen: Criterios más objetivos para la indemnización:  La nueva legislación establece estándares mínimos para la evaluación de los bienes expropiados, evitando subvaloraciones que puedan perjudicar a los propietarios. Imposición provisional en la posesión:  La nueva regulación refuerza la necesidad de compensación financiera al propietario incluso antes de que se concluya el proceso judicial. Requisito de estudios de impacto socioeconómico: Los proyectos que involucren expropiaciones a gran escala deben presentar un plan detallado sobre sus efectos en la población local. Plazos y transparencia:  La nueva legislación impone plazos más estrictos para los pagos de indemnización y una mayor publicidad de los actos administrativos. 3. Efectos en los Derechos de Propiedad La nueva regulación busca conciliar la supremacía del interés público con la protección de la propiedad privada, garantizando: Mayor previsibilidad para propietarios e inversionistas inmobiliarios; Reducción de litigios derivados de expropiaciones indebidas; Protección de comunidades vulnerables, asegurando un reasentamiento adecuado. 4. Jurisprudencia y Tendencias El Supremo Tribunal Federal y el Superior Tribunal de Justicia han consolidado interpretaciones más estrictas sobre la necesidad de una indemnización justa y la transparencia en los procesos expropiatorios. Las decisiones recientes indican una tendencia hacia el fortalecimiento de los derechos de los propietarios, evitando expropiaciones arbitrarias. Conclusión Los recientes cambios legislativos sobre la expropiación representan avances significativos en la protección del derecho de propiedad y en la seguridad jurídica de los procesos administrativos. Sin embargo, su aplicación práctica dependerá de una supervisión rigurosa y de la consolidación jurisprudencial para evitar abusos.

  • La Nueva Regulación de la Elección de Foro en los Contratos: Impactos y Límites de la Ley N. 14.879/2024

    La elección de foro en los contratos siempre ha sido un tema de gran relevancia en el derecho procesal civil, ampliamente utilizada para definir la jurisdicción competente para resolver posibles disputas. Con la promulgación de la Ley N. 14.879/2024, ha habido un cambio significativo en el régimen que rige esta elección, con el objetivo de proporcionar mayor seguridad jurídica y evitar abusos en la definición del foro contractual. Este artículo analiza las modificaciones introducidas, sus impactos prácticos y los desafíos de su aplicación en el sistema jurídico brasileño. La disposición de un foro específico para la resolución de disputas contractuales siempre ha generado debates sobre su validez, especialmente en relación con las desigualdades entre las partes contratantes. Antes de la Ley N. 14.879/2024, el Código de Procedimiento Civil permitía la elección de foro mediante contrato, salvo cuando resultara en una desventaja excesiva para una de las partes, en particular consumidores y trabajadores. La nueva legislación ha introducido reglas más estrictas para prevenir fraudes y abusos, imponiendo criterios objetivos para la validez de la cláusula de elección de foro. 1. Evolución de la Elección de Foro en el Derecho Brasileño La elección contractual de foro siempre ha sido aceptada en el ordenamiento jurídico brasileño, regulada por el Código de Procedimiento Civil de 2015 y respaldada por una jurisprudencia consolidada. Sin embargo, la práctica ha demostrado que muchos contratos imponían foros que dificultaban o incluso impedían la defensa de la parte más débil, lo que llevó a impugnaciones judiciales sobre su validez. 2. Cambios Introducidos por la Ley N. 14.879/2024 La nueva legislación ha establecido criterios más objetivos para la validez de la elección de foro en los contratos, determinando que: La cláusula debe estar expresamente estipulada en un contrato escrito y firmado por ambas partes; El foro elegido debe tener relación con el domicilio o la residencia de una de las partes o con el lugar de cumplimiento de la obligación contractual; Si hay indicios de abuso, el juez puede reconocer la incompetencia del foro elegido y remitir el caso a un foro más adecuado; En los contratos de adhesión, la elección de foro no puede representar una desventaja excesiva para la parte adherente. 3. Impactos e Implicaciones Prácticas Con la nueva regulación, las empresas e instituciones deberán revisar sus cláusulas contractuales para garantizar su validez y evitar futuras nulidades. Por otro lado, los consumidores y las partes más vulnerables obtienen una capa adicional de protección contra cláusulas abusivas diseñadas para dificultar el acceso a la justicia. 4. Análisis Crítico y Desafíos en la Aplicación de la Nueva Ley A pesar de los avances, la nueva legislación puede generar controversias en su aplicación. La subjetividad del concepto de "desventaja excesiva" y la posibilidad de interferencia judicial en las cláusulas contractuales pueden generar inseguridad jurídica. Además, la jurisprudencia desempeñará un papel fundamental en la interpretación y consolidación de las nuevas disposiciones. Conclusión La Ley N. 14.879/2024 representa un avance significativo en la regulación de la elección de foro en los contratos, imponiendo límites para evitar abusos y garantizando un mayor equilibrio entre las partes. Sin embargo, su aplicación dependerá de la interpretación jurisprudencial y del perfeccionamiento de los mecanismos de control, asegurando que las nuevas normas cumplan su función de garantizar la seguridad jurídica y la igualdad procesal.

  • Ley nº 14.905/2024: El Nuevo Sistema de Intereses y Actualización Monetaria y Sus Efectos en los Procedimientos Judiciales

    La Ley nº 14.905/2024 introdujo modificaciones significativas en el Código Civil en lo que respecta a la actualización monetaria y la aplicación de intereses en deudas judiciales y extrajudiciales. Esta investigación analiza cómo estas modificaciones afectan los casos pasados y en curso, así como su impacto en las relaciones contractuales y las obligaciones civiles. La implementación de la nueva legislación plantea interrogantes sobre la retroactividad, la seguridad jurídica y las posibles consecuencias económicas. La actualización monetaria y los intereses siempre han desempeñado un papel crucial en las relaciones obligacionales, siendo fundamentales para preservar el poder adquisitivo y garantizar la equidad en la ejecución de los contratos. La Ley N.º 14.905/2024 introduce cambios sustanciales en el Código Civil, afectando la forma en que se aplican los intereses y la corrección monetaria en las relaciones jurídicas. La cuestión central de este estudio es comprender cómo esta legislación influirá en los procedimientos legales pasados y presentes, así como su compatibilidad con los principios constitucionales y procesales. Ley nº 14.905/2024 y Modificaciones al Código Civil La nueva legislación establece directrices más claras sobre la actualización monetaria y los intereses, con el objetivo de armonizar la interpretación judicial y garantizar una mayor previsibilidad en las obligaciones civiles. Los principales cambios incluyen: La definición de índices específicos para la corrección monetaria, reduciendo la discrecionalidad judicial. La estandarización de las tasas de interés moratorio y compensatorio, limitando la imposición de intereses abusivos. La armonización de los criterios de aplicación de los intereses en las relaciones contractuales y extracontractuales. Impacto en Casos Pasados y en Curso La aplicación de la Ley N.º 14.905/2024 en los casos en curso y en los ya juzgados genera debates sobre la retroactividad de sus disposiciones y el principio de res judicata . El principio tempus regit actum  sugiere que la nueva legislación debe regir únicamente los casos futuros. Sin embargo, persisten debates sobre su aplicabilidad en casos que aún no han sido definitivamente resueltos. Casos Pasados Para los casos ya juzgados y en fase de ejecución, la aplicación de la nueva legislación podría ser cuestionada con base en la seguridad jurídica. Las modificaciones retroactivas podrían afectar a acreedores y deudores, alterando expectativas legítimas sobre el cobro de deudas. Casos en Curso En los casos pendientes, el debate gira en torno a la adaptación de los parámetros de corrección e intereses a la nueva legislación. Los tribunales pueden aplicar la nueva norma desde su entrada en vigor, incluso para deudas anteriores, siempre que se respeten los principios fundamentales del derecho intertemporal. Implicaciones Prácticas La Ley n.º 14.905/2024 puede beneficiar tanto al acreedor como al deudor, dependiendo de cómo se hayan modificado los intereses y la actualización monetaria en comparación con el sistema anterior. Posibles Beneficios para el Acreedor Mayor previsibilidad y seguridad jurídica  – La estandarización de las tasas de interés puede evitar maniobras interpretativas que reducían indebidamente los montos adeudados. Reducción de la judicialización – La definición más clara de los criterios de corrección monetaria e intereses puede acelerar el cumplimiento de las decisiones judiciales, evitando disputas sobre los índices aplicables. Protección contra la pérdida inflacionaria – Si la actualización monetaria establece índices más favorables que los anteriormente aplicados, el acreedor puede recibir un crédito más actualizado y corregido. Posibles Beneficios para el Deudor Limitación de intereses abusivos – Si la nueva ley restringe la aplicación de intereses excesivos, el deudor podrá pagar un monto menor que el previsto en el régimen anterior. Posible efecto retroactivo – Si los tribunales determinan que la nueva legislación es aplicable a casos pasados, el deudor podría solicitar una revisión de los cálculos, reduciendo el monto de la deuda. Mayor claridad en los cálculos – La nueva normativa puede evitar interpretaciones desfavorables para el deudor que, en el pasado, resultaban en cargas excesivas. La estandarización de la actualización monetaria y de las tasas de interés afecta tanto a acreedores como a deudores, especialmente en contratos a largo plazo y en litigios en fase de ejecución. Los principales efectos incluyen: Mayor previsibilidad en contratos y títulos ejecutivos. Reducción de la judicialización de disputas sobre índices de corrección. Posible revisión de sentencias en curso si se entiende que la nueva legislación debe aplicarse de inmediato. Conclusión La Ley N.º 14.905/2024 representa un avance al conferir mayor previsibilidad a las normas sobre actualización monetaria e intereses, reduciendo la incertidumbre jurídica. Sin embargo, su aplicación en casos pasados y en curso requiere una interpretación cuidadosa para evitar violaciones a la seguridad jurídica y al derecho adquirido. El debate sobre la retroactividad de la norma seguirá siendo relevante, exigiendo una postura del Poder Judicial para garantizar la coherencia del ordenamiento jurídico brasileño.

  • Cambios en el Código Civil y el Código de Procedimiento Civil en 2025: Impactos y Perspectivas

    El año 2025 marca un período de actualizaciones significativas en el Derecho Civil y el Derecho Procesal Civil brasileño. Las recientes modificaciones al Código de Procedimiento Civil (CPC) y las propuestas de reforma del Código Civil tienen como objetivo modernizar las instituciones jurídicas, adaptar las normas a las nuevas realidades sociales y garantizar una mayor eficiencia en los servicios judiciales. Este artículo analiza los principales cambios implementados y discute sus implicaciones prácticas, proporcionando una visión general de interés para los operadores jurídicos. El Derecho Civil y el Derecho Procesal Civil son ramas del sistema jurídico que requieren una revisión constante para responder a la naturaleza dinámica de las relaciones sociales y procesales. En 2025, se observa un notable movimiento legislativo enfocado en la actualización de estos códigos, con cambios que impactan directamente tanto las relaciones privadas como los procedimientos judiciales. Estas modificaciones son en parte ajustes a la jurisprudencia consolidada, pero también representan la evolución del derecho y su necesidad de adaptarse a las nuevas realidades sociales y tecnológicas. 1. Cambios en el Código de Procedimiento Civil (CPC) en 2025 Las principales modificaciones al CPC incluyen:   Ley n° 14.939/2024: Establece que, si el recurrente no demuestra la ocurrencia de un feriado local para la extensión del plazo de apelación, el tribunal debe permitir la corrección de este defecto antes de declarar la intempestividad de la apelación. Ley n° 14.833/2024: Modificó el cómputo de los plazos procesales, estableciendo que, en los plazos fijados en días, solo se deben considerar los días hábiles, excepto cuando el plazo se determine en horas. Ley n° 14.976/2024: Reafirmó la competencia de los Juzgados Civiles Especiales para conocer de las reclamaciones previstas en el antiguo artículo 275, inciso II, del CPC de 1973, eliminando interpretaciones divergentes respecto a la posibilidad de tales reclamaciones en los Juzgados Civiles Especiales. Estos cambios, además de formalizar interpretaciones ya adoptadas por la jurisprudencia, responden a la necesidad de hacer que el proceso civil sea más ágil y se adapte a las demandas actuales de la sociedad. 2. Cambios en el Código Civil en 2025 Aunque el nuevo Código Civil aún se encuentra en discusión, algunas propuestas de reforma ya están generando expectativas en el ámbito jurídico. El Proyecto de Ley N° 4/2025 fue presentado en el Senado, con el objetivo de modernizar instituciones esenciales del Derecho Privado. Entre los principales puntos en debate se encuentran: Actualización del Derecho de Familia y de Sucesiones:  Propuestas para una mayor flexibilidad en los regímenes patrimoniales, la inclusión de nuevas formas de unión de hecho y una revisión de las reglas de herencia. Regulación de Contratos y Nuevas Tecnologías:  Integración de disposiciones específicas para contratos electrónicos y la aplicación de inteligencia artificial en el Derecho Contractual. Responsabilidad Civil: Ampliación de las circunstancias para la responsabilidad por daños morales colectivos y una revisión de los parámetros indemnizatorios. Derechos Reales: Nuevas directrices para la regularización de tierras y la adaptación de las normas sobre propiedad en condominios urbanos y rurales. 3. Impactos y Desafíos de los Cambios La reforma del Código Civil y las modificaciones al CPC representan avances en la legislación brasileña, promoviendo una mayor seguridad jurídica, celeridad procesal y adaptación a las nuevas realidades sociales. Sin embargo, estos cambios también conllevan desafíos, tales como la necesidad de capacitación para los operadores jurídicos, ajustes en las interpretaciones jurisprudenciales y la adaptación del sistema judicial para absorber las nuevas dinámicas normativas. Conclusión Los cambios en el Código Civil y el CPC en 2025 reflejan la evolución del derecho brasileño, buscando una mayor efectividad y alineación con las transformaciones sociales y tecnológicas. La implementación de estas nuevas reglas requerirá un esfuerzo conjunto entre el poder legislativo, el judicial y los profesionales del derecho para asegurar una transición fluida y eficiente hacia el nuevo contexto normativo.

  • La Nueva Dinámica de los Juzgados Civiles Especiales con la Ley N° 14.976/2024: Ampliación de Competencia y Límites Procesales

    La Ley n° 14.976/2024 introdujo cambios significativos en los Juzgados Civiles Especiales (JCEs), reafirmando su competencia para resolver reclamaciones relacionadas con obligaciones de dar, hacer y no hacer, que anteriormente estaban previstas en el Código de Procedimiento Civil de 1973 (CPC). Estos cambios tienen como objetivo estandarizar las interpretaciones judiciales y garantizar una mayor seguridad jurídica para las partes involucradas. Este artículo analiza los impactos de estos cambios en la dinámica de los JCEs, así como sus efectos en la celeridad y eficiencia procesal. Los Juzgados Civiles Especiales fueron creados por la Ley N° 9.099/1995 con el objetivo de proporcionar un acceso fácil a la justicia para casos de menor complejidad. Sin embargo, la derogación del CPC de 1973 generó incertidumbres acerca del mantenimiento de la competencia de los JCEs para ciertas reclamaciones, lo que llevó a interpretaciones divergentes en los tribunales. La Ley N° 14.976/2024 se introdujo para resolver este vacío, reafirmando y ampliando la competencia de los JCEs. 1. Ampliación de la Competencia de los Juzgados Civiles Especiales La nueva legislación confirmó que los Juzgados Civiles Especiales continúan siendo competentes para conocer de: Obligaciones de dar, hacer y no hacer, independientemente del monto de la reclamación; Acciones que requieren una producción probatoria simplificada; Conflictos relacionados con el consumidor que cumplan con el criterio de menor complejidad. De este modo, la ley resuelve un impasse que habían enfrentado los tribunales, los cuales tenían opiniones divergentes sobre la posibilidad de tramitar estas reclamaciones en los JCEs tras la derogación del CPC de 1973. 2. Impactos en la Celeridad y Eficiencia Procesal Aunque la ampliación de la competencia de los JCEs supone un avance para aumentar el acceso a la justicia, también presenta desafíos en la gestión del volumen de casos. Los impactos esperados incluyen: Aumento del flujo procesal: Con más reclamaciones siendo procesadas en los JCEs, existe la preocupación sobre la capacidad del sistema judicial para absorber la carga adicional. Posible compromiso de la celeridad: Dado que estos tribunales fueron diseñados para emitir sentencias rápidas, un incremento excesivo de reclamaciones podría comprometer esta característica. Necesidad de infraestructura y recursos: Para mantener la eficiencia de los JCEs, será necesario invertir en tecnología y en la capacitación tanto del personal como de los jueces. 3. Límites Procesales y la Imposibilidad de Apelación Especial A pesar de la ampliación de la competencia, la Ley N° 14.976/2024 no modificó el sistema recursal de los Juzgados Civiles Especiales, manteniendo las siguientes restricciones: Imposibilidad de interponer un Recurso Especial (REsp) ante el STJ:  La jurisprudencia del Superior Tribunal de Justicia (STJ) se mantiene firme en que las decisiones de los Paneles Recursales no son susceptibles de Recurso Especial. Admisión únicamente de un Recurso Extraordinario (RE) ante el STF,  y eso solo cuando exista un enfrentamiento directo a la Constitución Federal. Simplicidad en la gestión del proceso, evitando actos procesales que puedan ralentizar la tramitación. Estas limitaciones refuerzan el papel de los JCEs como un medio rápido y accesible para la resolución de conflictos, evitando que el sistema se sobrecargue con recursos y discusiones complejas. 4. Desafíos y Perspectivas Futuras La implementación de la Ley n° 14.976/2024 plantea desafíos que deberán ser abordados tanto por el poder judicial como por los operadores del derecho. Entre estos desafíos se encuentran: Estandarizar la interpretación de la norma por parte de los Paneles Recursales para evitar discrepancias entre estados; Invertir en la digitalización y automatización procesal  para mantener la eficiencia y la celeridad de los JCEs; Mejorar los métodos alternativos de resolución de conflictos,  tales como la conciliación y la mediación, para reducir el número de casos que llegan a juicio. Conclusión La Ley n° 14.976/2024 representa un paso importante en la reafirmación de la competencia de los Juzgados Civiles Especiales, garantizando seguridad jurídica para las disputas que antes estaban sujetas a interpretaciones divergentes. Sin embargo, su efectividad dependerá de una gestión eficiente del incremento de la carga procesal, así como del mantenimiento de la filosofía de simplicidad y rapidez que caracteriza a los JCEs. El seguimiento de las primeras decisiones aplicadas bajo la nueva legislación será esencial para medir sus impactos reales en el sistema judicial brasileño.

  • Levantamiento Inverso del Velo Corporativo en el Nuevo Código Civil y sus Implicaciones para el Derecho Empresarial

    El levantamiento inverso del velo corporativo se ha convertido en una herramienta significativa para responsabilizar a accionistas y administradores cuando utilizan entidades jurídicas para defraudar a los acreedores u ocultar activos. Con las recientes enmiendas al Código Civil, este mecanismo ha sido refinado y sus requisitos mejor definidos, garantizando una mayor seguridad jurídica tanto para los acreedores como para las empresas. Este artículo examina el impacto de estos cambios y sus implicaciones para el Derecho Empresarial. La personalidad jurídica es un principio fundamental del derecho empresarial, que garantiza la separación de activos entre una empresa y sus accionistas. Sin embargo, en ciertas situaciones, esta separación puede ser abusada con fines fraudulentos. El levantamiento inverso surge como una solución para frenar prácticas abusivas, permitiendo que el poder judicial acceda a los activos de una entidad jurídica para satisfacer las deudas de un accionista moroso. 1. El Concepto de Levantamiento Inverso del Velo Corporativo A diferencia del levantamiento tradicional, que busca responsabilizar los bienes de los accionistas para el pago de deudas empresariales, el levantamiento inverso tiene como objetivo afectar los activos de la empresa cuando hay evidencia de que esta fue utilizada para ocultar los bienes personales de un accionista incumplido. 2. Cambios en el Nuevo Código Civil Con la reforma del Código Civil, se introdujeron disposiciones para: Definir criterios objetivos para la aplicación del levantamiento inverso; Reforzar la necesidad de probar el desvío de finalidad y la confusión patrimonial; Regular mejor la participación de terceros de buena fe en casos de levantamiento del velo corporativo; Crear mecanismos preventivos para evitar abusos de acreedores y proteger negocios legítimos. 3. Implicaciones para el Derecho Empresarial Estas modificaciones impactan directamente el entorno empresarial al: Aumentar la seguridad jurídica para empresas que operan de buena fe; Reducir el riesgo de protección indebida de activos a través de empresas ficticias; Imponer nuevas obligaciones de responsabilidad a los administradores y gerentes; Beneficiar a los acreedores que anteriormente enfrentaban dificultades para recuperar deudas debido a la estructuración fraudulenta de activos. 4. Jurisprudencia y Tendencias El Tribunal Superior de Justicia ha establecido precedentes que indican que el levantamiento inverso debe aplicarse con cautela, exigiendo pruebas contundentes de que la empresa fue utilizada como un medio para ocultar los bienes de un accionista. Con las nuevas reglas, se espera que los tribunales exijan un análisis aún más riguroso antes de conceder tales medidas. Conclusión La reforma del Código Civil ha mejorado la regulación del levantamiento inverso del velo corporativo, creando criterios más claros para su aplicación y aumentando la seguridad tanto para los acreedores como para los propietarios de negocios. Sin embargo, su efectividad dependerá de la interpretación judicial y de la adhesión de las empresas a las nuevas regulaciones.

  • La Nueva Regulación de la Expropiación y sus Efectos en los Derechos de Propiedad

    La expropiación es uno de los mecanismos más significativos del Derecho Administrativo, permitiendo al Estado adquirir forzosamente bienes privados para servir al interés público. Con las recientes modificaciones al Código Civil y al Código de Procedimiento Civil, ha habido una revisión significativa de los procedimientos y criterios de indemnización, buscando un mejor equilibrio entre la supremacía del interés público y la protección del derecho de propiedad. Este artículo analiza estos cambios y sus impactos legales y sociales. La expropiación, prevista en la Constitución Federal y regulada por legislación infraconstitucional, es una herramienta esencial para viabilizar proyectos de infraestructura, urbanización y desarrollo económico. Sin embargo, su uso indiscriminado puede generar abusos y afectar derechos fundamentales, haciendo necesaria una regulación más estricta. Los recientes cambios legislativos buscan proporcionar mayor seguridad jurídica a los propietarios y optimizar la ejecución de políticas públicas. 1. Evolución Histórica de la Expropiación en Brasil Históricamente, la expropiación ha sido una herramienta utilizada por el Estado con pocas restricciones, lo que a menudo llevó a acciones arbitrarias. La evolución legislativa ha buscado fortalecer los derechos de los propietarios, asegurando una indemnización justa y previa, como lo exige la Constitución. Los nuevos cambios normativos refuerzan la transparencia del proceso, garantizando una mayor previsibilidad para los involucrados. 2. Cambios en el Código Civil y el CPC Los principales cambios legislativos incluyen: Criterios más objetivos para la indemnización:  La nueva legislación establece estándares mínimos para la evaluación de los bienes expropiados, evitando subvaloraciones que puedan perjudicar a los propietarios. Imposición provisional en la posesión:  La nueva regulación refuerza la necesidad de compensación financiera al propietario incluso antes de que se concluya el proceso judicial. Requisito de estudios de impacto socioeconómico: Los proyectos que involucren expropiaciones a gran escala deben presentar un plan detallado sobre sus efectos en la población local. Plazos y transparencia:  La nueva legislación impone plazos más estrictos para los pagos de indemnización y una mayor publicidad de los actos administrativos. 3. Efectos en los Derechos de Propiedad La nueva regulación busca conciliar la supremacía del interés público con la protección de la propiedad privada, garantizando: Mayor previsibilidad para propietarios e inversionistas inmobiliarios; Reducción de litigios derivados de expropiaciones indebidas; Protección de comunidades vulnerables, asegurando un reasentamiento adecuado. 4. Jurisprudencia y Tendencias El Supremo Tribunal Federal y el Superior Tribunal de Justicia han consolidado interpretaciones más estrictas sobre la necesidad de una indemnización justa y la transparencia en los procesos expropiatorios. Las decisiones recientes indican una tendencia hacia el fortalecimiento de los derechos de los propietarios, evitando expropiaciones arbitrarias. Conclusión Los recientes cambios legislativos sobre la expropiación representan avances significativos en la protección del derecho de propiedad y en la seguridad jurídica de los procesos administrativos. Sin embargo, su aplicación práctica dependerá de una supervisión rigurosa y de la consolidación jurisprudencial para evitar abusos.

  • Posesión Provisional como un Derecho Real: Implicaciones para la Administración Pública y el Mercado Inmobiliario

    La posesión provisional, recientemente reconocida como un derecho real por la Ley N. 14.620/2023, tiene impactos significativos en la administración pública y el mercado inmobiliario. Este cambio fortalece la seguridad jurídica en los procesos de expropiación y ocupación administrativa, al tiempo que impone nuevos desafíos regulatorios y de gestión patrimonial. Este artículo analiza la evolución de este instituto, sus impactos en la administración pública y sus repercusiones en el sector inmobiliario, considerando las nuevas disposiciones legales y jurisprudenciales. La posesión provisional siempre ha sido un instituto relevante en el derecho administrativo y civil, especialmente en situaciones de expropiación y concesión del uso de bienes públicos. Sin embargo, su inclusión formal como derecho real en el Código Civil introduce innovaciones en la relación entre las autoridades públicas y los particulares, aumentando su seguridad jurídica y previsibilidad. 1. Concepto y Evolución de la Posesión Provisional La posesión provisional permite que el gobierno o ciertas entidades privadas posean temporalmente un bien antes de completar un proceso definitivo de adquisición. Su aplicación ocurre principalmente en expropiaciones por utilidad pública y en la concesión del uso de terrenos para proyectos de interés social. Con la Ley N. 14.620/2023, la posesión provisional ahora es reconocida como un derecho real, proporcionando una protección más sólida para el ocupante temporal y regulando mejor su uso. 2. Impactos en la Administración Pública El cambio legislativo tiene implicaciones directas para la gestión pública, ya que: Mejora la seguridad jurídica para proyectos de infraestructura y obras públicas; Reduce el riesgo de disputas sobre la posesión de bienes en procesos de expropiación; Requiere una planificación más detallada de las políticas de reasentamiento e indemnización. Estos factores hacen que el instituto sea más atractivo para la administración pública, mientras que también exigen una mayor transparencia y control sobre su uso. 3. Repercusiones en el Mercado Inmobiliario La posesión provisional también afecta al mercado inmobiliario, en particular para: Empresas involucradas en concesiones y asociaciones público-privadas; Inversionistas que requieren seguridad en cuanto al uso de bienes; Propiedades afectadas por proyectos de interés público, que pueden ver cambios en su valor debido a la anticipación de la posesión. La inclusión de la posesión provisional como un derecho real también puede facilitar oportunidades de financiamiento y proporcionar mayor previsibilidad para el sector. 4. Desafíos y Controversias A pesar de sus beneficios, la nueva legislación presenta desafíos, tales como: Compatibilizar con los derechos de los propietarios expropiados; Supervisar el uso adecuado de la posesión provisional; El riesgo de litigios sobre la indemnización y los criterios para su aplicación. Estos aspectos requieren un equilibrio entre los intereses públicos y privados, asegurando que la nueva regulación se aplique de manera justa y eficiente. Conclusión El reconocimiento de la posesión provisional como un derecho real representa un avance significativo para el derecho inmobiliario y administrativo. Si bien proporciona una mayor seguridad jurídica tanto para entidades públicas como privadas, también introduce nuevos desafíos regulatorios y operacionales. Su implementación exitosa dependerá de la interpretación jurisprudencial y de la alineación entre los diversos actores involucrados en el sector.

  • El Nuevo Código Civil y la Función Social de la Propiedad Digital: Protección de Datos y Responsabilidad de las Plataformas

    Los avances tecnológicos y la creciente digitalización de las relaciones sociales y económicas han introducido nuevos desafíos para el Derecho Civil. Con la reciente reforma del Código Civil brasileño, la función social de la propiedad se ha ampliado para incluir la propiedad digital, imponiendo nuevas obligaciones a las plataformas y proveedores de servicios digitales. Este artículo analiza las principales modificaciones, sus impactos prácticos y los desafíos en la aplicación de estas nuevas directrices. El concepto de propiedad ha evolucionado con el tiempo, siguiendo el ritmo de las transformaciones económicas y tecnológicas. Con la inclusión de la propiedad digital en el marco legal brasileño, surge la necesidad de armonizar los derechos individuales y colectivos, particularmente en lo que respecta a la protección de datos y la responsabilidad de las plataformas digitales. 1. La Evolución de la Función Social de la Propiedad Históricamente, la función social de la propiedad surgió para equilibrar los derechos de propiedad con los intereses sociales. En el entorno digital, este concepto se amplía para incluir la protección de datos personales, la transparencia en la gestión de la información y la responsabilidad de las empresas que operan en el espacio virtual. 2. Cambios en el Código Civil y Sus Impactos La reciente reforma del Código Civil introdujo cambios significativos, incluyendo: El reconocimiento explícito de la propiedad digital como un derecho protegido; La imposición de obligaciones a las plataformas digitales, incluyendo mecanismos de seguridad y medidas para prevenir filtraciones de datos; La ampliación de las normas de responsabilidad civil para empresas tecnológicas y redes sociales. 3. Protección de Datos y Responsabilidad de las Plataformas La función social de la propiedad digital está directamente relacionada con la protección de datos personales. La LGPD (Ley General de Protección de Datos) ya había establecido directrices importantes, pero con la inclusión de este tema en el Código Civil, surgen nuevos desafíos regulatorios. Ahora, las plataformas deben garantizar: Consentimiento explícito para la recopilación y uso de datos; Transparencia en el uso de la información de los usuarios; Medidas efectivas para prevenir filtraciones y usos indebidos de datos. 4. Desafíos y Perspectivas para la Aplicabilidad de la Nueva Regulación La implementación de estas normas enfrenta desafíos, como la definición del alcance de la responsabilidad corporativa y la supervisión efectiva del cumplimiento. La jurisprudencia desempeñará un papel crucial en la consolidación de interpretaciones sobre la extensión de estos cambios y los límites de la responsabilidad de las plataformas. Conclusión La nueva regulación representa un avance en la protección de los derechos en el entorno digital, equilibrando la libertad económica con la protección del usuario. Sin embargo, su efectividad dependerá de la aplicación judicial y de la adaptación de las plataformas a los nuevos requisitos legales.

  • La Nueva Regulación de la Elección de Foro en los Contratos: Impactos y Límites de la Ley N. 14.879/2024

    La elección de foro en los contratos siempre ha sido un tema de gran relevancia en el derecho procesal civil, ampliamente utilizada para definir la jurisdicción competente para resolver posibles disputas. Con la promulgación de la Ley N. 14.879/2024, ha habido un cambio significativo en el régimen que rige esta elección, con el objetivo de proporcionar mayor seguridad jurídica y evitar abusos en la definición del foro contractual. Este artículo analiza las modificaciones introducidas, sus impactos prácticos y los desafíos de su aplicación en el sistema jurídico brasileño. La disposición de un foro específico para la resolución de disputas contractuales siempre ha generado debates sobre su validez, especialmente en relación con las desigualdades entre las partes contratantes. Antes de la Ley N. 14.879/2024, el Código de Procedimiento Civil permitía la elección de foro mediante contrato, salvo cuando resultara en una desventaja excesiva para una de las partes, en particular consumidores y trabajadores. La nueva legislación ha introducido reglas más estrictas para prevenir fraudes y abusos, imponiendo criterios objetivos para la validez de la cláusula de elección de foro. 1. Evolución de la Elección de Foro en el Derecho Brasileño La elección contractual de foro siempre ha sido aceptada en el ordenamiento jurídico brasileño, regulada por el Código de Procedimiento Civil de 2015 y respaldada por una jurisprudencia consolidada. Sin embargo, la práctica ha demostrado que muchos contratos imponían foros que dificultaban o incluso impedían la defensa de la parte más débil, lo que llevó a impugnaciones judiciales sobre su validez. 2. Cambios Introducidos por la Ley N. 14.879/2024 La nueva legislación ha establecido criterios más objetivos para la validez de la elección de foro en los contratos, determinando que: La cláusula debe estar expresamente estipulada en un contrato escrito y firmado por ambas partes; El foro elegido debe tener relación con el domicilio o la residencia de una de las partes o con el lugar de cumplimiento de la obligación contractual; Si hay indicios de abuso, el juez puede reconocer la incompetencia del foro elegido y remitir el caso a un foro más adecuado; En los contratos de adhesión, la elección de foro no puede representar una desventaja excesiva para la parte adherente. 3. Impactos e Implicaciones Prácticas Con la nueva regulación, las empresas e instituciones deberán revisar sus cláusulas contractuales para garantizar su validez y evitar futuras nulidades. Por otro lado, los consumidores y las partes más vulnerables obtienen una capa adicional de protección contra cláusulas abusivas diseñadas para dificultar el acceso a la justicia. 4. Análisis Crítico y Desafíos en la Aplicación de la Nueva Ley A pesar de los avances, la nueva legislación puede generar controversias en su aplicación. La subjetividad del concepto de "desventaja excesiva" y la posibilidad de interferencia judicial en las cláusulas contractuales pueden generar inseguridad jurídica. Además, la jurisprudencia desempeñará un papel fundamental en la interpretación y consolidación de las nuevas disposiciones. Conclusión La Ley N. 14.879/2024 representa un avance significativo en la regulación de la elección de foro en los contratos, imponiendo límites para evitar abusos y garantizando un mayor equilibrio entre las partes. Sin embargo, su aplicación dependerá de la interpretación jurisprudencial y del perfeccionamiento de los mecanismos de control, asegurando que las nuevas normas cumplan su función de garantizar la seguridad jurídica y la igualdad procesal.

  • El Impacto de las Mejoras en las Relaciones de Arrendamiento: El Caso de la Construcción y Venta Sin el Consentimiento del Arrendador

    La relación entre arrendador y arrendatario puede volverse compleja cuando el contrato de arrendamiento implica la realización de mejoras, particularmente cuando estas mejoras se integran al inmueble del arrendador. En este contexto, un caso donde el arrendatario construye un edificio en el terreno arrendado, con una cláusula que estipula que las mejoras se incorporarán al inmueble del arrendador al finalizar el plazo del contrato, plantea interrogantes sobre la validez de la posesión, los derechos de uso y las obligaciones contractuales. El análisis se torna aún más delicado cuando el arrendatario vende los activos del negocio y la construcción realizada sin el consentimiento del arrendador, en violación de lo estipulado en el contrato de arrendamiento. 1. Naturaleza Jurídica del Contrato y Mejoras Incorporadas En este caso, con la condición de que todas las mejoras, incluido el edificio construido, se incorporen al inmueble del arrendador al finalizar el contrato. Legalmente, esta cláusula establece que las mejoras, aunque realizadas por el arrendatario, pasarán a ser propiedad del arrendador, ya que la construcción se vuelve inseparable del terreno. Esta disposición se alinea con el artículo 35 de la Ley de Inquilinato (Ley 8.245/91), que permite a las partes definir reglas respecto a las mejoras, respetando la autonomía contractual. 2. Venta de los Activos del Negocio e Implicaciones Contractuales La venta de los activos del negocio y de la construcción incorporada, realizada sin el consentimiento expreso del arrendador, constituye una posible violación del contrato. Dada la naturaleza de la cláusula de incorporación, la enajenación del inmueble construido sin consentimiento contraviene los principios de la función social del contrato, así como los deberes de buena fe y lealtad contractual. La jurisprudencia ha sostenido consistentemente que el arrendador debe ser informado y dar su consentimiento para la cesión o subarrendamiento del contrato, garantizando así el cumplimiento de los términos originales. En este caso específico, la venta sin consentimiento podría interpretarse como un incumplimiento contractual, ya que el arrendatario efectivamente transfirió el uso de un inmueble que, al final del contrato, pertenecería al arrendador. 3. Consecuencias del Incumplimiento Contractual En casos de incumplimiento contractual, el arrendador tiene derecho a cuestionar la validez de la venta y del subarrendamiento realizados por el arrendatario. Según el Código Civil, en particular los artículos 421 y 422, un incumplimiento del contrato faculta a la parte perjudicada a buscar la resolución del acuerdo, además de reclamar indemnización por pérdidas y daños. Por lo tanto, el arrendador puede perseguir judicialmente la disolución del contrato de arrendamiento, exigiendo la devolución inmediata del inmueble y una compensación económica si se demuestra que la venta no autorizada causó perjuicio. 4. Subarrendamiento y el Derecho del Arrendador a Oponerse Los contratos de arrendamiento a menudo restringen la capacidad del arrendatario para subarrendar o enajenar el inmueble arrendado, generalmente requiriendo el consentimiento expreso del arrendador para tales acciones. En este caso, el arrendatario no solo vendió los activos del negocio, sino que también transfirió la posesión de las mejoras que eventualmente pertenecerían al arrendador. Esto abre la posibilidad de que el arrendador busque una declaración judicial de nulidad del subarrendamiento, argumentando la falta de consentimiento, y, si es necesario, solicite la recuperación del inmueble. Consideraciones Finales Este caso resalta la importancia de un análisis cuidadoso en las relaciones de arrendamiento cuando los arrendatarios realizan inversiones en mejoras del inmueble, especialmente en contratos a largo plazo. La jurisprudencia y la doctrina legal enfatizan la protección de los derechos de los arrendadores para mantener su propiedad de acuerdo con los términos acordados, siendo el consentimiento previo una salvaguarda crítica para evitar conflictos y proteger los derechos de ambas partes. En casos de incumplimiento, corresponde al arrendador buscar los remedios judiciales necesarios para recuperar los daños y garantizar el cumplimiento pleno del contrato de arrendamiento.

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