¿Holding, Trust u Offshore? Efectos Sucesorios y Alternativas al Proceso Tradicional de Sucesión Judicial
- Edson Ferreira
- 4 nov
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Este artículo ofrece un análisis comparativo de los efectos sucesorios derivados del uso de tres estructuras — la sociedad holding familiar, el trust internacional y la sociedad offshore — destacando sus principales impactos en comparación con el proceso tradicional de sucesión judicial en Brasil.
Ante un sistema sucesorio frecuentemente lento y costoso, estos mecanismos se presentan como alternativas viables, lícitas y eficientes, aunque requieren una evaluación técnica rigurosa en cuanto a sus límites, obligaciones y riesgos potenciales.
La sucesión no planificada suele estar marcada por conflictos familiares, altos costos, elevada carga tributaria y procesos judiciales prolongados.
El inventario tradicional, especialmente el judicial, a menudo compromete tanto el valor del patrimonio como la continuidad de su administración.
En este contexto, holdings familiares, trusts extranjeros y estructuras offshore han sido adoptados por familias y empresarios que buscan una transición patrimonial más ágil, segura y eficiente. Sin embargo, la legalidad, los efectos y los riesgos de cada una de estas estructuras difieren sustancialmente.
2. Sucesión Judicial Tradicional: Limitaciones y Costos
El procedimiento sucesorio en Brasil sigue las normas establecidas en el Código de Proceso Civil (artículos 610 a 667), y puede realizarse de dos formas:
· Judicial: obligatoria cuando existe testamento o heredero incapaz;
· Extrajudicial: posible cuando todos los herederos son capaces y están de acuerdo.
Incluso por la vía extrajudicial, el inventario implica:
· Pago del ITCMD (Impuesto sobre Transmisiones Causa Mortis y Donaciones, entre 4% y 8%);
· Gastos notariales, registrales y honorarios de abogados;
· Demoras en la homologación y partición formal de los bienes;
· Exposición del patrimonio, que permanece a nombre del fallecido hasta la conclusión del trámite.
3. La Sociedad Holding Familiar como Mecanismo Sucesorio
La holding familiar, cuando se estructura con cláusulas específicas, permite anticipar y organizar la sucesión en vida del fundador.
Principales ventajas:
· La transmisión de bienes se realiza mediante cesión de cuotas o acciones con cláusulas de usufructo y administración vitalicia;
· Evita el inventario de los bienes incorporados a la sociedad;
· Permite establecer reglas claras en el contrato social sobre sustitución de socios, derecho de voto, distribución de utilidades y retiro de socios.
Limitaciones:
· El ITCMD sigue siendo aplicable, incluso con cláusulas restrictivas;
· Requiere mantenimiento contable y fiscal continuo;
· Los bienes pueden ser objeto de ejecución judicial si la estructura está mal implementada.
4. Trust Internacional: Sucesión basada en el Common Law
El trust es ampliamente utilizado en países como el Reino Unido, Estados Unidos, Suiza y Portugal.
Consiste en la transferencia de bienes a un trustee, quien los administra conforme a las instrucciones del settlor (instituidor).
Ventajas sucesorias:
· Flexibilidad: permite distribuir el patrimonio por cuotas, edades, perfiles de beneficiarios o plazos;
· Protección patrimonial internacional;
· Evita el inventario en Brasil cuando los bienes están situados en el extranjero.
Limitaciones y riesgos:
· El trust no está regulado en Brasil, aunque es reconocido para fines fiscales;
· Puede ser desconsiderado si se prueba fraude, simulación u omisión;
· Está sujeto a tributación anticipada conforme a la Ley nº 14.754/2023.
5. Sociedad Offshore: Planificación Sucesoria Internacional
La sociedad offshore puede utilizarse como mecanismo sucesorio, especialmente cuando los bienes se encuentran en el extranjero o se busca diversificar riesgos jurídicos y fiscales.
Ventajas:
· Las acciones o cuotas pueden transferirse en vida, con posible ahorro tributario;
· Garantiza la continuidad patrimonial sin necesidad de inventario internacional;
· Permite un planeamiento fiscal eficiente según la jurisdicción.
Desventajas:
· Declaración obligatoria ante la Receita Federal (DCBE y DIRPF);
· A partir de 2024, las ganancias de las offshores serán gravadas anualmente en Brasil;
· El uso simulado o indebido puede caracterizar evasión fiscal o lavado de dinero.
6. Comparativo: Alternativas vs. Inventario Tradicional
Criterio | Inventario Tradicional | Holding Familiar | Trust Internacional | Sociedad Offshore |
Procedimiento | Judicial / Extrajudicial | Anticipado en vida | Anticipado por contrato privado | Anticipado por transferencia de acciones |
Tributación | ITCMD total | ITCMD sobre cuotas | Depende de la jurisdicción | ITCMD e IRPF sobre acciones/ganancias |
Costo y duración | Alto y prolongado | Controlado y preventivo | Medio/alto, según el país | Medio (según estructura) |
Riesgo de conflicto | Alto | Bajo, si las reglas son claras | Bajo, si está correctamente instituido | Bajo, pero requiere buena gobernanza |
Control post mortem | Los herederos dividen directamente los bienes | Administración vitalicia prevista | El trustee actúa según directrices | Los herederos heredan las acciones de la empresa |
7. Conclusión
La planificación sucesoria no es opcional, sino esencial.
Según la complejidad del patrimonio, la composición familiar y la existencia de activos en el extranjero, la adopción de una holding, un trust o una offshore puede ser la clave para evitar litigios, reducir la carga fiscal y garantizar la continuidad de la gestión patrimonial.
Sin embargo, cada estructura presenta riesgos, limitaciones y obligaciones específicas.
El uso indebido o simulado puede llevar a la nulidad de los actos y generar responsabilidad civil, fiscal e incluso penal.
Por tanto, la planificación sucesoria debe ser multidisciplinaria, adaptada a la realidad de cada familia o grupo empresarial, asegurando que sus efectos jurídicos, fiscales y humanos sean positivos, duraderos y sostenibles.


